Reglas generales de los artículos gramaticales

Prescindiendo ahora de las convicciones especiales que abrigamos acerca del número y denominación de las partes componentes del discurso u oración, y de las funciones peculiares a cada una, y teniendo qué conformamos forzosamente con teorías preestablecidas, diremos que “el artículo tiene por objeto determinar la extensión en que se toma el nombre u otra parte de la oración que haga veces de tal”.

De ahí se sigue que, muchas palabras consideradas por los antiguos gramáticos como adjetivos, o como pronombres, sean verdaderos artículos (para atemperarnos a semejante nomenclatura), variando naturalmente su clasificación, según que la extensión que se les asigna sea total, o parcial, determinada, o vaga.

Puede sentarse como regla general, que el llamar artículo determinado a el, la, lo, los, las, y genérico o indeterminado a un, una, unos, unas, carece de todo lindamente.

En efecto, si se dice: EL hombre ha sido criado a imagen y semejanza de Dios, nada se determina ni contrae, pues de lo que se trata es de la humanidad en general; y si, por el contrario, se dice: Tuvo UNAS calenturas que lo pusieron a la muerte, bien determinada queda la índole o naturaleza de la tal enfermedad, tanto por declararse su nombre, cuanto por hacer constar sus efectos.

Todo esto, y mucho más que acerca del particular se nos ocurre, y no poco que iremos consignando en artículos sucesivos, demuestra harto patentemente la dolorosa verdad que hace años tenemos comprobada, a saber: las muchas mentiras que se propalan en la generalidad de los libros de texto, aun por los mas acreditados, recomendados, y de carácter obligatorio, y, en su consecuencia, las muchas vaciedades de que, desde sus primeros años, se llena el cerebro de la juventud estudiosa.

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