Organización del ayuntamiento de Cataluña en la Edad Media

Los ciudadanos, o habitantes de las ciudades libres, se dividían en tres manos: los abogados, médico, grandes propietarios, llamados ciudadanos distinguidos (honrats) que constituían la mano mayor (ma major); los ricos industriales, la mano mediana (ma mitjana), y los comerciantes en pequeña escala, menestrales y artesanos, la mano menor (ma menor). En la misma situación se hallaban los habitantes de las tierras de realengo. Todos estos elementos, organizados en cofradías o gremios, componían el estado llano de Cataluña que tenía su gobierno propio en las municipalidades.

Desde el siglo se desarrolla vigorosa la vida de los Municipios. Las cartas de Ramón Berenguer III y IV reconocieron a los vecinos el derecho de nombrar las personas que administrasen la ciudad o de proponerlas a los Condes.

La base de la organización municipal era un cuerpo de vecinos distinguidos que se denominaban probi homines o pahers. Este cuerpo elegía o proponía, según los casos, un Consejo cuyos miembros se llamaban concelleres; también recibían los nombres de conciliarii, paciarii, consules, procuradores o jurados.

Bofarull, en su obra Los Condes vindicados, y Canipmany, en sus Memorias Históricas, resumen la organización que tuvo la ciudad de Barcelona y las vicisitudes que sufrió el cuerpo de concellers. Estos autores nos sirven de guía para escribir las siguientes ligeras indicaciones, y a ellos debe recurrir el lector que desee profundizar la materia. Nos fijamos especialmente en la organización de Barcelona, porque la estimamos digna de especial mención.

Después de las reformas de Jaime I los probi homines tenían la facultad de elegir de entre ellos los cinco concellers que habían de ayudar con sus consejos al Veguer y al Bayle. Los dos magistrados y los concellers nombraban cien hombres de probidad, los cuales, al terminar su cargo, nombraban doce de entre ellos para que designaran los cinco concellers que habían de actuar durante el año y elegir a su vez los cien hombres de probidad para sustituir a los anteriores. Los cinco concellers se reunían con el Veguer y el Bayle los martes y sábados, y el Consejo de los Ciento sólo cuando era llamado. Los dos magistrados habían de seguir siempre la opinión del pequeño y del gran Consejo. Los ciudadanos honrados llegaron a apoderarse del poder municipal siendo los electores y los elegidos.

Para cortar el mal dispuso Alfonso V que las cinco plazas de concellers se cubriesen, dos con individuos de la ma major, una con persona do la ma mitjana, una con miembro de la ma menor, y la quinta con un menestral. Fernando el Católico ordenó que los caballeros alternasen con los ciudadanos para el cargo de conceller. En 1510 se suprimieron las elecciones y se entregó a la insaculación la designación de las personas que habían de gobernar la ciudad.

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