Organización de la administración de aduana en España

La administración superior del ramo se halla a cargo del ministro de Hacienda, asesorado por una Junta de aranceles y valoraciones, que desde el decreto de 30 de junio de 1882 lleva ese nombre, y no depende, como antes, de la dirección de aduanas.

La junta tiene acción ejecutiva y propia para el servicio de las valoraciones y la formación de la estadística comercial, e informa acerca de todas las cuestiones arancelarias, estudia las reformas aduaneras de otros países y publica las memorias consulares y las noticias que puedan interesar al comercio.

La dirección es la oficina central de la administración de aduanas, y tiene las mismas atribuciones que las otras dependencias de su clase. Al frente de cada aduana hay un jefe, llamado administrador, siendo principal el de la más importante de cada provincia, y subalternos los demás que haya en ella.

El servicio de las aduanas constituye una carrera especial, en que sólo puede ingresarse por el grado inferior, mediante oposición; los ascensos se conceden, en cada clase: uno por antigüedad; el segundo, por elección entre los que se hallen en el grado inferior inmediato, y el tercero a los excedentes, mientras los hubiere.

Los empleados de aduanas no pueden ser separados sino por sentencia judicial o previo expediente administrativo, y se hallan sujetos a las correcciones gubernativas de reprensión, multa y suspensión del cargo, sin perjuicio del resarcimiento pecuniario de los perjuicios que originen y de la responsabilidad criminal que les alcance.

Los funcionarios de que hablamos no tendrán, según las nuevas ordenanzas, participación en las multas y recargos consiguientes a las faltas que resulten de los actos administrativos de las aduanas, y sólo tendrán opción a la parte que les corresponda en las multas que se impongan por los delitos de contrabando y defraudación que descubran.

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