Las leyes agrarias contra la aristocracia

Pero hasta el año 377 no se atacó en la ley de una manera eficaz a la aristocracia. Tales abusos había cometido, que el pueblo en masa unió su esfuerzo al de Ligurio Estolón y al del Tribuno Lucio Sexto. Era necesario poner límite a las rapiñas de los patricios, ya que por otro medio no se consiguió que el aprovechamiento de los bienes públicos dejara de ser un privilegio de la aristocracia.

Se promulgó la ley licinia, por la cual nadie podía poseer más de quinientas yugadas de terrenos públicos, ni alimentar en ellas más de cien cabezas de ganado mayor, ni más de quinientas menor. Cada propietario había de mantener un número de hombres libres, tan sólo consagrados a vigilar los trabajos. Las tierras que excediesen de esta cantidad de yugadas en poder de un propietario, habían de ser confiscadas y repartidas entre los pobres. Licinio fue condenado por haber violado la ley al emancipar a un hijo.

El año 338, después de las derrotas de los latinos, se distribuyeron las tierras de éstos entre los plebeyos, a razón de dos yugadas por individuo. Al regresar Escipión de la guerra contra Cartago (200) se repartieron tierras a los soldados, y se practicó otro reparto después de la derrota de los ligares (192).

Los excesos de la acumulación de la propiedad volvieron a sentarse, los tumultos reaparecieron y el Tribuno Tiberio Greco trató de poner remedio al anal con su famosa ley Sempronia. Conforme a lo que disponía la ley licinia, se limitaba a quinientas yugadas lo que podía tenerse del dominio público, y doscientas cincuenta más por cada hijo emancipado. Se prohibió la enajenación y se decretó que los que tuvieran mas, restituyeran el exceso.

Mommsem observa que ésta se distinguía de las licinias en las disposiciones especiales en favor del poseedor hereditario, por el carácter enfitéutico y la inalienabilidad que se imprimió a las nuevas posesiones, y por la permanencia de los funcionarios repartidores. Los patricios opusieron resistencia y, ya que no pudieron evitar la ley, la desvirtuaron por la publicación de otras posteriores.

Las reclamaciones de los plebeyos continuaron. El año 100 consiguió el tribuno Apuleyo Saturnino que por una ley se repartiera a los plebeyos la tierra de la Galia Cisalpina reconquistada a los umbríos. Mario dio catorce yugadas a cada soldado. Sila distribuyó tierras a 47 legiones; y lo mismo hicieron César y Antonio. Y por último, Octavio distribuyó a sus soldados diez y ocho ciudades.

Aquí terminan las leyes agrarias propiamente dichas, como observan Giraud y Laveleye, y comienzan los repartos del ager publicus y del ager privatus entre los legionarios al final de cada lucha civil, acompañados de leyes de proscripción.

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