La relatividad de la afirmación

Pretende Bain (V. Logique déductive et inductive) deducir de este principio, generalizado, bajo la forma del sentido contrario implícito en la afirmación y negación, el que proclama como fundamental de su sistema, es decir, la ley de la relatividad de toda conocimiento.

Dice: “si sabemos que el acusado es culpable y merece la multa, comprendernos que si el acusado no es culpable, debe declarársele exento de la multa”, porque el conocimiento de los contrarios es uno sólo e idéntico. Mas lo que aquí se pone de manifiesto no es la pretendida relatividad, sino el supuesto y exigencia de un principio de unidad, base necesaria para la comparación, de la cual resulta después la cualidad afirmativa o negativa.

Estima de la obsesión relativista, el mismo Bain confunde el juicio negativo con el indefinido y dice “algunos lógicos han propuesto hacer desaparecer la distinción entre lo afirmativo y lo negativo, trasladando el signo de la negación desde la cópula al predicado (A es no B, la pobreza es no agradable o desagradable). Sólo existe la apariencia de una proposición afirmativa. Es ilusorio el esfuerzo empleado en convertir todas las proposiciones en afirmativas. La afirmación y la negación pertenecen a la naturaleza de las cosas, y la distinción de estos dos estados, en vez de ser disimulada para obtener una unidad imaginaria, debe por el contrario ponerse de manifiesto cuanto lo consientan las formas del lenguaje”.

El juicio de que habla Bain no es clasificable entre aquellos que se refieren a la cualidad de la cópula, error de que participa también Kant.

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