La asamblea por centurias en Roma

Servio Tulio transformó el gobierno y la sociedad. De sus reformas arranca la lucha entre patricios y plebeyos, entre ricos y pobres, que llena casi toda la historia del período republicano.

Después de haber borrado, por medio de la división del pueblo en treinta tribus (cuatro urbanas y veintiséis rurales) todo recuerdo de diversidad de origen y de raza, decretó que se hiciese un censo cada cinco años, no sólo para conocer el número exacto de los ciudadanos, si que también la fortuna de cada familia.

La riqueza fue la base de una jerarquía social que dividía a los ciudadanos en cinco clases, según el capital en que cada paterfamilias evaluaba todos sus bienes bajo la fe de juramento. Con esta primera división se correspondía otra en 193 o 194 centurias, tomadas por unidades ya para el voto, ya para el servicio militar, ya para el pago de los impuestos.

La distribución de las 193 centurias entre las cinco clases creaba una aristocracia de la riqueza en condiciones que destruían toda esperanza de reforma. La primera clase la componían aquellos propietarios cuya fortuna excedía de 100.000 ases, o sean unas 1.200 pesetas, y formaba por sí sola 98 centurias. Las dos últimas clases reunidas sólo componían 50 centurias. Quedaba, pues, asegurado el predominio de los ricos.

Cuando los comicios por centurias eran convocados para nombrar a los magistrados y para resolver sobre una acusación, los ciudadanos ricos de la República, los miembros de la primera clase, llamados en primer término por los lictores, depositaban sus votos, y, por el valor relativo que se les concedía, resolvían por sí mismos las cuestiones pendientes, sin que en la generalidad de los casos fuera necesario continuar la votación, pues la unanimidad de las 98 primeras centurias daba con exceso la mayoría absoluta.

Existía, sin embargo, un progreso en beneficio de los plebeyos, puesto que en los comicios por curias eran los patres los que juzgaban y votaban por ellos y el Senado hereditario tenía la iniciativa y la confirmación de las leyes, en tanto que en los comicios por centurias los plebeyos eran convocados; y si sus votos resultaban casi siempre inútiles, podían no serlo cuando se dividieran los ricos, hallándose por otra parte libres de la resistencia y espíritu de corporación del Senado.

No es fácil precisar cuáles fueran las facultades que después de Servio Tulio conservaron los comicios por curias; acaso fueran precisadas por la costumbre mejor que por una ley. Parece que se les había reservado el entender en todos los actos civiles y políticos de carácter religioso más o menos marcado, como las instituciones de los pontífices, los testamentos y las adopciones. Los comicios por centurias se apoderaron sucesivamente del poder legislativo, del judicial y del electivo, desde entonces los comicios por curias fueron más bien una formalidad simbólica, llegando un día en que 30 lictores representaron en el Foro a las 30 curias de Rómulo.

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