La aristocracia en las provincias vascongadas

En las provincias vascongadas puede decirse que no existía la verdadera nobleza.

La de Aragón comprendía dos clases distintas, más distintas entre sí por sus relaciones políticas, que la segunda lo estaba del pueblo.

Formaban le primera clase los ricos-honres de natura o altos barones, que se decían descendientes de los seniores, fundadores de la monarquía. Individualmente, los altos barones se consideraban iguales al soberano, y juntos, superiores a él. Debían ser consultados en todos los asuntos graves. Sus casas eran asilos inviolables; no se les podía condenar a muerte, ni a mutilación, ni a herida, ni prenderlos por deudas, ni aplicarles el tormento, ni someterlos a la jurisdicción de los jueces ordinarios.

Jaime el Conquistador agregó a estos nobles de primera clase, los ricos-homes de mesnada, dándoles tierras y pueblos bastantes a pagar más de cuatro caballeros.

La nobleza de segunda clase se componía de los mesnaderos, caballeros, infanzones y señores de vasallos. Los primeros eran de linaje de ricos-hombres por la línea paterna, y se llamaban así porque pertenecían a la mesnada, casa o séquito de la persona del soberano. Los segundos eran infanzones a quienes se había investido con la caballería. Los terceros eran nobles, que por la ascendencia paterna venían de raza de caballeros, sin que lo fueran ellos personalmente. Conocíanse otros infanzones de carta que debían esta dignidad a la merced del señor a quien servían.

Los señores de vasallos eran personas de distintas condiciones, incluso la de simples ciudadanos, que tenían vasallos por haber comprado un pueblo de señorío. Estos podían asistir a las Cortes con el brazo de los caballeros, en el que para dicha asistencia se incluían también los mesnaderos e infanzones. Los ricos hombres de natura y de mesnada asistían a las Cortes por derecho propio y aunque no hubiesen sido citados por el rey.

Cuidó la primera nobleza de Aragón de mantener, por una estrecha unión, todos sus privilegios, y a su ejemplo, los nobles de segundo orden y los ciudadanos, se alzaban en momentos de peligro y estrechamente confundidos, para sacar a salvo los derechos, franquicias y libertades del reino.

Uno de los privilegios más notables de los caballeros, era el de que el Justicia Mayor había de pertenecer a esta clase.

Volver a ARISTOCRACIA – Inicio