La apelación en derecho

El legislador ha pretendido siempre que el derecho se realice, que se haga perfecta y cabal justicia; y para ello ha buscado todo género de garantías, ya exigiendo al juez condiciones de aptitud y honradez, ya disponiendo no sea una persona sola la que en definitiva juzgue.

La falibilidad humana, la ignorancia y malicia, hacen posible que se cometa alguna injusticia en una sentencia o bien que, aun cuando el fallo sea justo en su esencia o en cuanto a lo principal, se cause algún agravio a uno de los interesados en el juicio por su impericia, negligencia o descuido suyo o de sus defensores, o también por la imposibilidad de reunir todas las pruebas necesarias para justificar su derecho.

En estas razones se funda el recurso de apelación que puede definirse diciendo: que es la reclamación que hace algún litigante u otro interesado que se considera lesionado por la sentencia, para ante el Juez o Tribunal superior, pidiendo se revoque o reponga la sentencia del inferior.

El código de las Partidas definía la apelación diciendo que es: la querella que alguna de las partes lace de juicio que fuere dado contra ella, llamando et recurriéndose a enmienda de juez mayor. (Ley 1° tít. 23, Part. 3°).

Para estudiar la apelación debemos examinar:

1° Personas que pueden apelar.
2° De quién y ante quién ha de apelarse.
3° Sentencias apelables.
4° Término para apelar.
5° Manera de interponer este recurso.
6° Sus efectos.
7° Su sustanciación.

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