El dominio público y las leyes agrarias en la antigua Roma

Antes de reseñar las leyes agrarias principales, creemos oportuno exponer la división del dominio público en dos partes:

1° Ager publicus, el cual se reservaba en propiedad el Estado como recurso eventual, sin disponer determinadamente de él; y también los terrenos en los que se fundaban colonias repartiéndolos al pueblo.

2° Ager vectigalis, que era el terreno repartido mediante el pago de una renta que ingresaba en el Tesoro publico.

La usucapión no recaía jamás sobre los terrenos de dominio público, y el Estado, por consiguiente, tenía un perfecto derecho para reivindicar en todo tiempo las propiedades que le fueren usurpadas.

Como ya dejamos insinuado, las usurpaciones en terrenos del dominio público hechas por los patricios y ricos propietarios, las resistencias que los terratenientes oponían al pago del canon anual, y la miseria en que vivía el pueblo a causa de no existir suficientes garantías para la pequeña propiedad que se veía absorbida por los grandes propietarios, y de la competencia que al trabajo libre hacía el trabajo esclavo; fueron los motivos de las grandes agitaciones que perturbaron la República romana, y la causa de su ruina.

La concentración de la propiedad llegó a hacer imposible el cultivo, el campo se vid despoblado, las ciudades con exuberante población pobre que buscaba trabajo y no lo hallaba, y hubo de prostituirse vendiendo el voto para obtener alimento. La falta de una clase media perdió la República.

No faltaron hombres previsores que comprendieran el mal, y que, recogiendo las lamentos del pueblo y condensándolos, propusieran remedios en las reparticiones de terrenos públicos. La mayor parte perecieron en la lucha, víctimas de las intrigas de los patricios que los acusaron y los hicieron condenar como aspirantes a la tiranía. Algunos triunfaron, pero las leyes no dieron el resultado que de ellas debía esperarse, porque las hizo ineficaces la perfidia de la poderosa aristocracia.

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