El armamento en la artillería militar

El armamento de una plaza es el aparejo o prevención de cuanto necesita para sostener un sitio. Los ingenieros distinguen el armamento llamado de seguridad del armamento de defensa; aquél es menos completo que éste.

El armamento de los jefes y oficiales del ejército es la espada o sable y el revólver. Los sargentos conservan el uso del sable como distintivo de mando, honor y premio. El armamento de las clases de tropa es el fusil y tercerola sistema Remington y las espadas, sables, machetes, bayonetas, lanzas y alabardas, según las armas, cuerpos e institutos.

Los jefes y oficiales deben proveerse de sables o espadas de la fábrica de Toledo. El revólver pueden adquirirlo de la industria particular. Se ha autorizado el uso del revólver sistema Smith Wesson cuyas dimensiones permiten acomodarlo en la funda de reglamento; pueden, sin embargo, usarlo del modelo que prefieran dentro de las condiciones reglamentarias. Lo llevan sólo en marchas, campaña y servicio de armas.

El Estado provee de armas a la tropa. Cada cuerpo o instituto extrae de los parques el número de sables y machetes correspondientes a sus plazas reglamentarias. La duración del armamento de fuego se ha fijado en 25 años, reemplazándose cada 10 y sin cargo al soldado la caja, muelle real, el del alza y el extractor, y dos veces la baqueta durante el total período de tiempo.

En Cuba, Puerto Rico y Filipinas la duración del armamento es de 20 años y son también más cortos los plazos para la reposición de las piezas. La dotación de armamento para la infantería es de 12% menos de la fuerza de cada cuerpo. Los de caballería pueden extraer de los parques un 2% más del número de sables, y uno del de astas de lanzas de dotación para que puedan hacer por sí las pequeñas recomposiciones que ocurran.

Se han dictado reglas e instrucciones para la mejor conservación de: armamento. Para preservar del polvo las de fuego se emplea un tapón, que no se usa en los actos de servicio, y sí sólo en el cuartel y en las marchas. Para evitar el desgaste del baquetero se reviste con badana el botón del portafusil.

El armamento no debe salir del Cuerpo que lo tenga a su cargo ni dejarse parte de él en los peritos de tránsito en las marchas.

Al año de estar usando un cuerpo armamento nuevo, debe dar cuenta de sus condiciones y resultados. En el mes de diciembre de cada año las Direcciones generales deben dar parte a la de artillería de las armas que hayan cumplido su tiempo de duración para que se verifique el cambio. En caso de perderse o deteriorarse armamento en función del servicio, naufragio o incendio, se forma expediente justificativo del suceso. La entrega, cambio devolución de armas se dispone de real orden, solicitada por la Dirección general respectiva, salvo cuando se trata de armar cuerpos de nueva creación, de reducir o disolver alguno, pues entonces los capitanes generales y las autoridades de artillería pueden desde luego disponerlo.

Los cuerpos deben cuidar sus armamentos con el mayor esmero; los jefes y oficiales son personalmente responsables de las faltas o deterioros que por su culpa no se hayan justificado en tiempo hábil. Cuando en la entrega de armas para su recomposición se presentan de modelos no reglamentarios, se forma expediente en averiguación de su procedencia. Todos los meses se pasa revista ordinaria de armas dentro del cuerpo con asistencia del armero, y todos los años una general y extraordinaria en el mes de diciembre, a excepción de los años en que se pasa revista de inspección.

Los transportes de armas tanto de las entregadas definitivamente por los cuerpos, como las que éstos reciben, se hacen por cuenta de la Administración militar. Cuando la tropa viaja por ferrocarril ha de llevar las armas descargadas.

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