Armas lícitas en la guerra según el derecho internacional

En la antigüedad y en los siglos medíos se profesaba el principio de que es legítimo causar al enemigo en sus personas y en sus cosas todo el daño posible. La actual cultura rechaza la guerra; pero al admitirla como un hecho, en el día inevitable, proclama que no es legítimo producir al enemigo más daño que el estrictamente necesario.

Calvo, en su Derecho Internacional, dice: “La guerra leal no tiene por objeto exterminar a los soldados enemigos, sino ponerlos fuera de combate a hacerlos prisioneros hasta la estipulación de la paz”; y Fiori, en su Tratado de Derecho Internacional, opina que “Es evidente que, según los principios del derecho natural, los hombres quo toman las armas los unos contra los otros y que no quieren perder su naturaleza de seres morales, no pueden emplear para abatir al enemigo aquellos medios que la humanidad y el buen sentido de los pueblos civilizados reprueban en absoluto ni imponerle crueles tratamientos o aumentar sin necesidad sus sufrimientos, ni llevarlos más allá de lo que la misma necesidad impone”.

La guerra es un estado de violencia, y no es posible que en tanto exista dejen de ser destructoras las máquinas en ella empleadas. Cada día se perfeccionarán más, y tal vez sea el perfeccionamiento de las máquinas militares un medio poderoso de evitar y abreviar las guerras, como opina Mavillon. Sólo puede pensarse en suprimir en la guerra entre los pueblos civilizados los medios e instrumentos que agravan los sufrimientos del herido, los que producen necesariamente la muerte del hombre que ya se halla fuera de combate, los que pueden matar al enemigo y al inocente a la vez y los que causen daños estériles para el que los usa y no pueden producir otro resultado que el daño por el daño mismo. En este sentido prohibió la Iglesia en la Edad Media el uso de armas envenenadas y el envenenamiento de las aguas. Desde el siglo xvi ya no se encuentran ejemplos de la antigua bárbara costumbre de emponzoñar las armas, las fuentes y los ríos. Hoy se considera contrario al derecho de gentes todo uso de veneno durante la guerra.

En el convenio firmado en San Petersburgo el 11 de diciembre de 1868 se declaró contrario al derecho de gentes el uso de balas explosivas. Los considerandos en que se funda dicen: “Considerando que los progresos de la civilización deben dar por resultado atenuar, en cuanto sea posible, las calamidades de la guerra; que el único fin legítimo que deben proponerse los Estados durante la lucha, es el de debilitar las fuerzas militares enemigas; que para este efecto basta poner fuera de combate el mayor número posible de hombres; que se extralimitaría de este objeto el que adoptare armas que agraven inútilmente los sufrimientos de los individuos que quedan fuera de combate, o que hagan inevitable la muerte; que el adoptar semejantes armas sería contrario a las leyes de la humanidad”-

Estas doctrinas fueron confirmadas por los representantes de las naciones cultas reunidos en las Conferencias de Bruselas para formular un proyecto de reglamento internacional de las leyes y prácticas de la guerra. Estas dos afirmaciones nos permiten abrigar la esperanza de que en no lejano día llegarán las naciones a un acuerdo para prohibir todas las armas ilícitas en la guerra, según el criterio que dejamos indicado.

Fiori considera contrario a las leyes de la humanidad y de la civilización el empleo en la guerra de las balas de figura irregular pedazos de hierro, flechas, trozos de cristal, las balas encadenadas, la metralla propiamente dicha y los proyectiles que contengan sustancias destinadas a causar enfermedades contagiosas o producir cualquier otro daño en el campo enemigo. Pero no rechaza, como otros tratadistas, las ametralladoras ni los torpedos. Y combate el uso de las minas, como no se empleen tan sólo para destruir los edificios o construcciones del enemigo.

Para que se comprenda el progreso que se ha aperado en las costumbres de la guerra, copiamos un párrafo de Binkershoe que el lector comparará con las opiniones transcritas en el principio de este artículo: “Admito, dice, como lícito el empleo del veneno, del asesinato, del incendio producido por fuego artificial que conoce exclusivamente uno. Si consultarnos a la razón, única reguladora del derecho de gentes, todo es permitido contra el enemigo, sólo por serlo. En nuestro juicio, puede tolerarse cualquier engaño menos la perfidia, o sea la falta a la fe prometida, no porque no sea todo lícito contra el enemigo, sino porque, desde el momento en que se empeñó la palabra, en todo aquello a que esta se refiere, deja de ser enemigo”.

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